Noticia | | 24-03-2023 | ±5 minutos tiempo de lectura

Para muchos viajeros europeos que visitan los Estados Unidos para realizar una escala o una estancia de hasta 90 días, un ESTA es suficiente. El ESTA es suficiente para viajes turísticos o de negocios, pero no para aquellas personas que desean trabajar para una empresa estadounidense. Para ello, es necesario un visado.

Trabajar en EE. UU. con un ESTA o un visado

La mayoría de los viajeros europeos que visitan los Estados Unidos por turismo, negocios, o para hacer una escala, necesitan un ESTA para ello. Para poder solicitar este permiso de trabajo, los viajeros deben cumplir todos los requisitos del ESTA. El ESTA no está únicamente pensado para hacer viajes turísticos, sino que también puede utilizarse para ciertas actividades profesionales, como visitas o conferencias. Además, con un ESTA también está permitido realizar actividades remuneradas en los Estados Unidos, aunque solo para empresas con sede fuera de los Estados Unidos. Para realizar un servicio remunerado en una empresa americana, es obligatorio disponer de un visado.

Aquellas personas que viajen por turismo o negocios a los Estados Unidos, pueden solicitar un visado B-2 (de turismo) o un visado V-1 (de negocios), en lugar de un ESTA. Solicitar un visado, sin embargo, es más caro y lleva más tiempo que solicitar un ESTA. Por este motivo solo se recomienda a las personas que no cumplen los requisitos del ESTA. Puede ser que debido a su nacionalidad no cumplan con todos los requisitos del ESTA.

Actividades de negocios en los Estados Unidos

Tanto con el ESTA como con el visado B-1 para los Estados Unidos, se pueden realizar una serie de actividades comerciales en los Estados Unidos, aunque ninguno de estos permisos de viaje puede ser utilizado para trabajar al servicio de una empresa estadounidense. Un ESTA válido permite realizar varias estancias de 90 días consecutivos como máximo. Del mismo modo, el visado B-1 es un visado para no inmigrantes, lo que significa que este visado solo permite una estancia temporal en los Estados Unidos.

Necesidad de visado para trabajar para una empresa estadounidense

Así pues, un viajero con un ESTA o un visado de categoría B no estará autorizado a trabajar en una empresa u organización estadounidense. Esto requiere un tipo de visado diferente. Por ejemplo, hay un serie de visados de no inmigrante destinados a realizar trabajos temporales, entre los cuales están el visado H-1B, L-1 o O-1. Cualquier persona que quiera emigrar a Estados Unidos para establecerse permanentemente en el país o trabajar allí durante mucho tiempo debe, además, solicitar el llamado visado de inmigrante. .

Permanecer en los EE. UU. tras haber trabajado: el periodo de gracia

Si alguien obtiene un visado temporal para trabajar en los Estados Unidos, ese visado es generalmente válido mientras se tiene ese empleo en Estados Unidos. Sin embargo, bajo ciertas condiciones, es posible permanecer en los Estados Unidos durante un máximo de 60 días tras la finalización del empleo. Se trata del llamado periodo de gracia. Se trata de un periodo de aplazamiento de hasta 60 días adicionales en el que se puede solicitar un nuevo visado de residencia temporal.

Por ejemplo, si usted tiene un visado de trabajo temporal (un visado no-inmigrante) con una validez de 2 años, porque tiene un contrato de 2 años en los Estados Unidos, en principio debe abandonar el país en cuanto expire su contrato. Si sigue trabajando para esa empresa durante la totalidad de los 2 años, no tendrá periodo de gracia. Sin embargo, si deja de trabajar para esa empresa durante ese periodo de 2 años, ya sea por iniciativa propia o no, todavía podrá permanecer en los Estados Unidos más allá de la fecha final de validez de su visado (la fecha final de su contrato original). Por ejemplo, si lo despiden 40 días antes del final de la validez de su visado, podrá permanecer en los Estados Unidos hasta 40 días.

Requisitos para volver a solicitar el estatus

La mayoría de la veces, el periodo de gracia comienza autómáticamente, al día siguiente del final del contrato con su empleador. No importa si usted deja su empresa voluntaria o involuntariamente. Dependiendo de la situación del titular del visado de no-inmigrante, podrá utilizar una serie de opciones durante el periodo de gracia:

  • Cambio de estatus: en este caso, durante el periodo de gracia el viajero vuelve a solicitar el visado de no inmigrante a través de su empleador americano, u otro tipo de visado de no-inmigrante. Puede tratarse, por ejemplo, de una solicitud de visado B-1 o B-2 pero también por ejemplo de un visado de estudiante o de pareja (esposo o persona dependiente).
  • Modificación de estatus: en este caso, el viajero en posesión de un visado de no-inmigrante, solicita un visado de inmigrante. Esto solo es posible en determinadas circunstancias. Esta puede ser una opción para ciertos inversores o para personas con habilidades extraordinarioas probadas.
  • Si en determinadads cirunstancias al solicitante se le termina el periodo de gracia, es necesario un Documento de Autorización de Empleo nodig. Este documento solo se concede en circunstancias especiales.

Si ya ha salido de los Estados Unidos

Los empleados solo pueden utilizar el plan de aplazamiento del periodo de gracia mientras estén en los Estados Unidos. Al salir de los Estados Unidos de América, se debe solicitar una nueva autorización de viaje para un nuevo viaje a Estados Unidos. Cuando se trata de un cambio o si este nuevo viaje tiene un destino turístico o de negocios, un ESTA se puede solicitar fácilmente en línea. Sin embargo, el viajero debe cumplir con todas las condiciones ESTA.

Atención: este artículo sobre el ESTA para los Estados Unidos tiene más de un año. Posiblemente contiene información y consejos anticuados, por lo que no se puede derivar ningún derecho de este artículo. ¿Va a viajar pronto y le gustaría saber qué reglas se aplican actualmente? Entonces lea toda la información actual sobre el ESTA para los Estados Unidos.

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