Noticia | | 06-03-2024 | ±7 minutos tiempo de lectura

¿Quiere contraer matrimonio en Inglaterra, Escocia, Gales o Irlanda del Norte o inscribirse como pareja de hecho en uno de estos países? Para casarse o establecer una unión de hecho en el Reino Unido es necesario un visado específico: el visado de visitante por matrimonio o Marriage Visitor visa. Lea este artículo para obtener más información sobre este visado y el proceso de solicitud.

¿Cuándo es necesario el Marriage Visitor visa?

Si tiene previsto casarse o inscribirse como pareja de hecho en Inglaterra, Escocia, Gales o Irlanda del Norte, necesitará un Marriage Visitor visa. Para solicitar este visado, debe poder demostrar que va a contraer matrimonio durante su estancia en el Reino Unido. También debe poder demostrar que no tiene intención de quedarse en el Reino Unido después. Además, por supuesto, también debe cumplir las condiciones del visado.

Si desea seguir viviendo en el Reino Unido tras la celebración de su matrimonio o el registro de su pareja, debe solicitar un visado familiar o family visa. El family visa también le permite casarse o inscribirse como pareja de hecho en el Reino Unido.

Castillo de Edimburgo, EscociaCastillo de Edimburgo, Escocia

Los requisitos del Marriage Visitor visa

Para ser elegible al Marriage Visitor visa, es necesiario cumplir los siguientes requisitos:

  • los solicitantes deben ser mayores de 18 de años;
  • los solicitantes tienen derecho a contraer matrimonio o a formar una pareja de hecho en el Reino Unido;
  • los solicitantes deben mantener realmente una relación;
  • los solicitantes pueden permanecer en el Reino Unido durante un máximo de 6 meses;
  • los solicitantes no tienen intención de vivir en el Reino Unido ni de viajar a este país repetidamente durante largos periodos de tiempo;
  • los solicitantes poseen recursos económicos suficientes para pagar su estancia en el Reino Unido así como para costear su regreso o tránsito a otro destino, o reciben estos recursos de otra persona;
  • los solicitantes pueden demostrar que sólo desean realizar actividades permitidas por el visado.

No necesitará el Marriage Visitor visa para casarse o regristrar su unión de hecho en el Reino Unido si:

  • tiene nacionalidad irlandesa;
  • tiene nacionalidad británica, también en caso de doble nacionalidad;
  • es titular del llamado estatuto de asentado o de pre-asentado en el Reino Unido, en virtud del régimen de asentamiento de la UE.

Quienes tengan previsto permanecer en el Reino Unido tras contraer matrimonio o formar una pareja de hecho no pueden solicitar un Marriage Visitor visa. En este caso, deberán solicitar la nacionalidad británica, o un family visa.

Traer invitados de boda o menores al Reino Unido

Si desea que los invitados a su boda o sus hijos viajen con usted para asistir a la ceremonia, es posible. No necesitarán un Marriage Visitor visa. Sin embargo, en la mayoría de los casos, tendrán que tener un visado de visitante estándar (Standard Visitor visa) o una ETA Reino Unido. Para solicitar ambos visados, deben cumplirse una serie de requisitos. Cualquier viajero extranjero que no pueda acogerse a una exención de visado para el Reino Unido necesita su propio visado o ETA, así como un pasaporte válido. El pasaporte debe tener validez para toda la estancia en el Reino Unido.

Si tiene hijos pequeños que no puedan solicitar un visado de visitante o ETA de forma independiente, como progenitor, puede solicitar un visado en su nombre. Tenga en cuenta que los niños deben tener su propio pasaporte internacional. También es aconsejable viajar con una copia de la partida de nacimiento, ya que las autoridades de inmigración pueden pedírsela a su llegada al Reino Unido.

Solicite aquí una ETA para el Reino Unido

Solicitar el Marriage Visitor visa

El visado de matrimonio británico se solicita a través de la página web del Gobierno del Reino Unido. Además, es necesario concertar una cita en un visa application centre para confirmar la identidad y aportar los documentos necesarios. Durante esta cita, también se le tomarán sus datos biométricos. Es decir, se tomarán sus huellas dactilares y se le hará una fotografía. Puede solicitar el Marriage Visitor visa como muy pronto con 3 meses de antelación y el plazo medio de entrega es de unas 3 semanas. El coste es de unos 130 EUR por visado.

Los requisitos del Marriage Visitor visa

Las personas que deseen solicitar un visado para contraer matrimonio en el Reino Unido deben, entre otras cosas, poder demostrar que contraerán matrimonio dentro del periodo de validez del Marriage Visitor visa. El visado tiene un periodo de validez de hasta seis meses que comienza inmediatamente después de la aprobación de la solicitud.

El visado también puede utilizarse para hacer escala en el Reino Unido. Es decir, este visado también le permite viajar al Reino Unido para desplazarse desde allí a otro país, por ejemplo, para su luna de miel. Tenga en cuenta que la mayoría de los países no europeos también exigen visado. Piense en destinos como los Estados Unidos, Canadá, Australia, Nueva Zelanda, Egipto, Indonesia o Sri Lanka. A través de e-Visado.es puede solicitar varios visados, incluido el visado para cada uno de estos países.

Así, el Marriage Visitor visa le permite casarse, registrar una unión de hecho en el Reino Unido o hacer escala en este país. Por el contrario, las siguientes actividades no están permitidas con este visado:

  • utilizar fondos públicos (por ejemplo, una prestación);
  • traer a miembros de su familia (deben tener su propio visado);
  • pasar periodos más largos en el Reino Unido mediante varias visitas al país;
  • prorrogar o cambiar de visado;
  • estudiar en el Reino Unido;
  • trabajar en el Reino Unido, a excepción de algunas actividades relacionadas con el trabajo, como asistir a reuniones.

Documentos necesarios para el Marriage Visitor visa

Para poder solicitar un Marriage Visitor visa necesitará un pasaporte válido durante toda su estancia en el Reino Unido que contenga al menos una página en blanco. Además, es posible que le pidan los siguientes documentos:

  • un justificante de que va a contraer matrimonio o a constituir una pareja de hecho en el Reino Unido, por ejemplo, mediante la reserva de un lugar para la boda o la confirmación de una cita con una autoridad local;
  • los datos relativos a su matrimonio o unión civil y un justificante de que ya ha pagado la totalidad o parte de los gastos (por ejemplo, demostrando que ha hecho un depósito parcial o total para el lugar de la boda o que ya ha pagado su cuota de reserva);
  • si ha estado casado anteriormente, debe poder demostrar que ahora es libre de casarse o de volver a formar una pareja de hecho (por ejemplo, mostrando los documentos del divorcio o, si es viudo/a, mostrando el certificado de defunción de la ex pareja fallecida).

Anular o modificar su solicitud de visado de visitante por matrimonio

Si desea anular o modificar su solicitud de Marriage Visitor visa debe ponerse en contacto con el Departamento de Inmigración del Reino Unido. Sólo si su solicitud aún no ha sido tramitada podrá modificarla o le podrán devolver el dinero. Una vez tramitada la solicitud, no podrá recuperar su dinero y tendrá que presentar una nueva solicitud para realizar cualquier cambio. Por lo tanto, compruebe siempre todos los datos cuidadosamente y asegúrese al 100% de que la información que ha introducido es correcta y está completa.

e-Visado.es es una agencia de visados comercial y profesional que ayuda a los viajeros a obtener, entre otros, el visado para el Reino Unido. e-Visado.es es socio oficial de la Asociación de Transporte Aéreo Internacional, IATA, con número de socio 57231226 y actúa como intermediario. No somos un bufete de abogados, no empleamos abogados, no proporcionamos asesoramiento jurídico ni formamos parte en modo alguno de ningún gobierno. Usted siempre puede presentar su solicitud visado directamente ante servicio de inmigración (10 GBP por visado, a través de apply-for-an-eta.homeoffice.gov.uk). Sin embargo, no podrá contar con asistencia en español. Si presenta su solicitud a través de e-Visado.es, nuestro centro de asistencia estará a su disposición 24 horas al día, 7 días a la semana. Además, revisamos manualmente su solicitud, así como todos los documentos presentados antes de enviarlos en su nombre a las autoridades de inmigración. Si sospechamos que su solicitud presenta errores u omisiones, nos pondremos personalmente en contacto con usted lo antes posible, para asegurarnos de que, a pesar de ello, su solicitud pueda ser procesada rápida y correctamente. Para poder utilizar nuestros servicios, usted debe abonar 10 GBP en concepto de tasas consulares, que nosotros abonamos al servicio de inmigración en su nombre, así como 27,95 € en concepto de gastos de servicio como remuneración por nuestra mediación, IVA incluido. Nuestros servicios han evitado problemas mayores a muchos viajeros durante su viaje. Si una solicitud es rechazada a pesar de nuestra asistencia y verificación, le devolveremos íntegramente el importe de su compra (a menos que una solicitud de visado Reino Unido haya sido rechazada para el mismo viajero con anterioridad). Más información sobre nuestros ervicios aquí.